El despido disciplinario es el procedimiento que aplica el empresario sobre un trabajador para extinguir la relación laboral, fundamentándolo en la incurrencia de incumplimientos graves por parte del empleado.
Este despido se caracteriza por el hecho de que no lleva aparejada una indemnización para el empleado, y también en que, para articularlo legítimamente bajo la normativa del Estatuto de los Trabajadores, las razones del despido deben ser claras, concisas y justificadas.
Los despidos pueden tener tres calificaciones distintas, y cada uno de ellos plantea diferentes escenarios para el empresario, y también para el empleado.
El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores es el encargado de definir de manera clara los requisitos por los que se puede hacer un despido disciplinario, que son los siguientes:
Estas son las siete principales causas por las que puede articularse un despido disciplinario, pero no son las únicas ya que el convenio colectivo de cada sector podrá recoger diferentes.
La carga de la prueba en los despidos siempre recae sobre el empresario, quien deberá demostrar de modo inequívoco que el trabajador ha incurrido en incumplimientos graves.
Como hemos indicado anteriormente, tras este despido el trabajador quedará en situación legal de desempleo por lo que podrá acceder a cobrar el paro, siempre y cuando el despido no haya sido calificado como nulo o improcedente, en cuyo caso podría darse la situación en que el empleado sea readmitido en su puesto de trabajo.
En lo referente a la indemnización por despido, no será posible acceder a ella si finalmente el despido disciplinario ha sido calificado como procedente.
Si has sido objeto de este despido, el empresario deberá habértelo notificado mediante una carta de despido, donde listará las causas que justifican este despido. Si consideras que el despido no está debidamente justificado y, en consecuencia, no es procedente, debes saber que dispones de un plazo de veinte días hábiles para impugnarlo.
La situación de cada despido debe ser estudiada individualmente, por lo que, si te han despedido y estás en plazo de impugnarlo, te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros para estudiar la viabilidad de la reclamación por despido.